Corte suprema confirmó fallo que beneficia a la comunidad de Huasco

Huasco hoy en la mañana, con la nube toxica de CAP a la izquierda y guacolda a la derecha.
Archivo: Huasco hoy en la mañana, con la nube toxica de CAP a la izquierda y guacolda a la derecha.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra la sentencia del Tribunal Ambiental de Santiago que acogió el recurso de reclamación interpuesto por el municipio Huasco contra del Decreto Nº 20 del Ministerio del Medio Ambiente que derogó las normas de MP10 y los valores que definen situaciones de emergencia.

El Municipio de Huasco, junto a otras comunidades, interpuso un recurso de reclamación a fin de mantener vigente la norma protectora original y preservar los planes de descontaminación y prevención en esa comuna.

“Esta es una gran noticia, pues nuestra comunidad debió enfrentarse a la decisión unilateral del Gobierno de derogar una norma que nos protegía, y el CDE optó por perseverar ese camino, pese a que el nuevo ministro de Medio Ambiente y su equipo habían expresado que no era aconsejable derogar esa normativa.

Cuando el Estado se equivoca de esta manera, y cae con todo su peso defendiendo intereses contrarios a los de los ciudadanos, las autoridades locales tenemos que poner todo de nuestra parte para hacer valer los derechos de las personas y dar la pelea en todas las instancias”, señaló el edil de Huasco.

El abogado patrocinante del municipio, Carlo Mora, explicó que el fallo es “contundente, pues la Corte se pronunció de manera unánime en temas esenciales para la jurisdicción ambiental.

Se reconoce la legitimidad de los municipios para actuar en estos juicios de interés de la comunidad, y además se establece un marco de exigencias medioambientales moderno, razonable y responsable para las actuaciones de los órganos del Estado”.Cabe señalar que Huasco fue declarada como zona latente de contaminación desde el 2012 y espera la implementación de un plan de prevención ante la presencia de material particulado respirable (MP10).

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