Entra en funcionamiento Juzgado de Policia local de Alto del Carmen

Oficialmente abrió sus puertas al público , el Juzgado de Policía local , a cargo del abogado Hernán Herrera Araos , actividad que conto con la presencia de directivos municipales , encabezados por el Administrador Municipal – Alcalde (s) , Sr. Jorge Villar Ibacache .-
Amplias dependencias cobijan al personal del Juzgado que además del Sr. Juez , está integrado por Stephania Leyton Rojas como secretaria abogada y Sandra Fica , como secretaria de atención .-
En sus palabras , el Alcalde (s) , manifestó los saludos de la Sra. Carmen Bou Bou , quien envió su mensaje de éxito , destacando que este es un paso fundamental e histórico para la Comuna de Alto del Carmen
Por su parte , tanto el Sr. Juez , como sus asistentes , comprometieron su profesionalismo al servicio de la comunidad .-
Los horarios de Atención serán los siguientes:
De lunes a Viernes – de 08:00 a 13:00 Hrs.
Audiencias : Lunes , Martes y Miércoles , de 09:00 a 13:00 Hrs.-

QUE ES UN JUZGADO DE POLICIA LOCAL ¿

Características de Los Jueces de Policía Local
Los jueces de estos tribunales poseen las calidades y requisitos necesarios para ser juez de letras de comuna o agrupación de comunas y son designados por la municipalidad que corresponde, a propuesta en terna de la corte de apelaciones respectiva.
Son independientes de toda autoridad municipal en el desempeño de sus funciones y gozan de las prerrogativas de todo juez, ejerciendo unipersonalmente la potestad jurisdiccional respecto de los asuntos que las leyes encomiendan a estos juzgados.
El territorio jurisdiccional de los juzgados de policía local es la respectiva comuna..
Estos juzgados cuentan, además, con un secretario (que es nombrado por el alcalde) y una planta de personal subalterno para el cumplimiento eficaz y eficiente de sus funciones. En las comunas, el cargo de secretario debe ser desempeñado por abogado.
Atribuciones[
Es de competencia de los juzgados de policía local, las infracciones: las normas sobre el transporte por calles y caminos y el Tránsito libre de las personas; a las ordenanzas, reglamentos, acuerdos municipales y decretos de la alcaldía; a ley sobre rentas municipales; a ley general de urbanismo y construcciones, y su ordenanza respectiva; a la ley sobre copropiedad inmobiliaria; a las normas sobre calificación cinematográfica; a las leyes sobre pavimentación; a ciertas normas de la ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas; a la ley sobre ventas de boletos de la Lotería de la Universidad de Concepción y Polla Chilena de Beneficencia; a ciertas normas sobre espectáculos públicos, diversiones y carreras; a las normas sobre pesca y su reglamento; y a las normas sobre protección de derechos de los consumidores (salvo las acciones de interés colectivo o difuso).
(Fuente Wikipedia) (Texto y fotos: RR:PP. Y COMUNICACIONES IMAC)