SMA fiscaliza Proyecto de Agua Potable Rural de Carrizal Bajo en la Comuna de Huasco

En el marco del programa exclusivo de fiscalización que tiene la SMA para esta comuna, su inspección desde el punto de vista ambiental confirmará que el aporte social de este proyecto se está llevando a cabo con respeto a la normativa ambiental que tiene vigente.

Profesionales de la Oficina Regional de Atacama de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fiscalizaron el proyecto de Agua Potable Rural (APR) de Carrizal Bajo en la comuna de Huasco, en el marco del desarrollo del programa de fiscalización para el año 2020, que este año tiene un programa exclusivo de fiscalización para la comuna del mismo nombre. Cabe recordar, que en los próximos meses la SMA abrirá una nueva delegación en la comuna de Huasco, y que tiene por objetivo priorizar la atención ciudadana en esta zona del país.

El motivo de la fiscalización tuvo por finalidad verificar que el proyecto se realizara de acuerdo con la autorización ambiental que corresponde a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°45-A del año 2001.

Dado que se trata de un proyecto administrado por un comité comunitario, el que se conformó para gestionar la operación y ejecución del proyecto, la fiscalización se realizó en conjunto con la presidenta del comité, de manera de verificar en conjunto las distintas exigencias establecidas en el instrumento de carácter ambiental que autoriza este proyecto.

Según Felipe Sánchez, jefe de la Oficina Regional SMA de Atacama, “esto habla de la nueva mirada que estamos teniendo como SMA, en especial, de la forma como vamos interviniendo el territorio e incluyendo a los actores locales en los procesos. Estamos educando en cuanto a nuestros procedimientos, de modo de obtener una mejor respuesta por parte de ellos, cuando se vean enfrentados a situaciones donde hay incumplimiento de instrumentos de nuestra competencia”, sostuvo.

Añadió que esto va en línea con el principio de que la SMA no sólo busca sancionar, sino que también promover el cumplimiento ambiental para que las empresas, y en este caso, los comités, puedan llevar a cabo sus procesos cumpliendo con la normativa ambiental, en completa vinculación con su entorno y su territorio.